III: DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos DANILO ANTONIO DIAZ RAMIREZ y DANIELA ESTHER PEREA GONZALEZ, anteriormente identificados, en fecha Doce (12) de Enero de Dos Mil Dos (2.002), por ante el el extinto Juzgado del Municipio Baralt hoy Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt del Circunscripción Judicial del Estado Zulia, acta No. 01.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248.....