declara CON LUGAR la conversión en divorcio de la solicitud de separación de cuerpos, presentada por los ciudadanos CÉSAR AUGUSTO ÁVILA HERNÁNDEZ y LORENA ALEJANDRA DE LA SANTISIMA TRINIDAD CARNEIRO SALAS, Venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-20.241.953 y V-19.807.181 respectivamente, a través de su Apoderada Judicial, ciudadana VIVIANA ANDREA GONZÁLEZ LUCO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.543.013, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 237.408, según consta de instrumento Poder Especial, notariado por ante la Notaría Pública de La Asunción del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 17-03-2017, bajo el Nro.24, Tomo 22, Folios 150 al 152. En consecuencia queda DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, en virtud del Matrimonio Civil que ambos celebraron por ante la Autoridad la Primera Autoridad Civil del Municipio Arismendi del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, bajo el acta Nº 114, de fecha 16-11-2012.....