En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos MARÍA ELENA SÁNCHEZ BOGARIN y RONALD ROBERTO PEREZ MARQUEZ, ya identificados, con fundamento en el artículo 185 "A" del Código Civil.
SEGUNDO: DISUELTO, el vinculo Matrimonial que los unía, contraído por ellos en fecha 11 de Abril de 1988, por ante la Junta Parroquial del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, según consta de Acta N° 21, del libro de Registro de Matrimonios, todo conforme con lo previsto en el artículo 185- "A" del Código Civil.