DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA , administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
1.-) SIN LUGAR, la Oposición a la Medida de Embargo Preventivo, formulada por la parte demandada ciudadana Erimar Carolina Garcia Ordoñez, a través de sus apoderadas judiciales, abogadas Maria Jose Artiles y Madenlay Caldera Vásquez.-
2.-) Se mantiene vigente la Medida de Embargo Preventivo decretada por este Tribunal, en fecha cinco (05) de marzo de 2015.
3.-) Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese la presente resolución. Déjese copia certificada de esta sentencia por Secretaría, de conformidad .....