Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano EFREN ALONZO VERA RANGEL, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.939.230, Natural de Punta de Mata, nacido en fecha 29-06-1974, 39 años de edad, y de oficio: caletero Estado Civil: Soltero, hijo de: CARMEN RANGEL DE VERA (D) y de VICTORIANO VERA (D), con domicilio en: CALLE AYACUCHO, SECTOR LAS GARZAS, AL LADO DEL C.I.C.P.C., DE PUNTA DE MATA, del Estado Monagas, por la presunta comisión del Delito de Violencia Física prevista y sancionada en el artículo 42, encabezado, con la circunstancia agravante prevista en el artículo 65, numeral 3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a unja vida Libre de Violencia, en perjuicio de la Ciudadana INGRID CAROLINA BUCARITO, titular de la cédula de identidad Nº.- 11.603.540, de 42 años de edad residenciada en las instalaciones del Parque Las Garzas, Punta de Mat.....