Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA RATIFICAR DE OFICIO Y PRORROGAR EL PERMISO ESPECIAL que solicitara el Consejo de Evaluación y la Dirección del Centro Comunitario Dr. Manuel Matos Romero, acordado en fecha 24-04-07, desde el 08-05-07, hasta el 14-05-07, ambas fechas inclusive, para que el penado MANUEL SALVADOR RINCON MONZANT, titular de la cédula de Identidad Nº 8.410.305, quien goza actualmente del Beneficio de Régimen Abierto, para pernocte fuera de las instalaciones del Centro de Tratamiento Dr. Manuel Matos Romero, debiendo presentarse diariamente en el respectivo Centro; y ante este Juzgado los días martes y viernes a partir de las ocho y treinta de la mañana, dejando constancia de ello en el correspondiente Libro de Presentaciones y, sin perjuicio de su prórroga por el tiempo que.....