Esta Corte de Apelaciones, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, en fecha 04 de octubre del 2006, por el Ciudadano Abg. Juan Carlos Richard Macuare, Fiscal Séptimo del Ministerio Público del Estado Monagas, con Competencia de Ejecución de Sentencia, contra el Permiso Extraordinario otorgado al Penado ALEJANDRO SAMUEL CEDEÑO. Segundo: En consecuencia, Niega el pedimento revocatorio del Permiso impugnado, así como también se Niega la desaplicación del artículo 48 del Reglamento Interno de Centros de Tratamiento Comunitario, por estimar que esa última norma no colide con lo dispuesto en el artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela