DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante, ciudadano ALONSO CASTILLO contra la decisión de fecha 02 de febrero de 2006 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
2°) SIN LUGAR LA DEMANDA de cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales incoado por el ciudadano ALONSO CASTILLO en contra de la Sociedad Mercantil MERCK SHARP & DOHME DE VENEZUELA, S.R.L.
3°) SE CONFIRMA LA SENTENCIA recurrida.
4°) SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante de conformidad con los artículos 59 y.....