DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: LA REPOSICIÓN DE LA PRESENTE CAUSA al estado de librar el respectivo cartel de intimación, siguiendo las pautas y reglas consagradas en el artículo 650 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: LA NULIDAD de todas las actuaciones procesales hasta el momento procesal ordenado, esto es, desde la fecha nueve (9) de diciembre de 2021.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsi.qob.ve así como en la página www.zulia.scc.orq.ve. déjese copia de la presente decisión por Secretaría, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sel.....