DECISIÓN
Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudenciales y doctrinarias ut
supra referidas, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN
FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia,
en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
• PRIMERO: INEXISTENTE la SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO, signada
con el No 4279-2022, interpuesta por los ciudadanos, CHIQUINQUIRA MARISOL
CHOURIO FERNANDEZ, y ALBI HERMOGENES LOAIZA, venezolanos,
mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-13.427.207, V-
7.764.560, respectivamente domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo
Maracaibo Estado Zulia, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio, LUIS
ALBERTO CORTES ALCAZAR, quien es abogado en ejercicio, inscrito en el
instituto de previsión social del abogado bajo el No. 139.425 , .....