Por todo lo antes expuesto éste Juzgado del Municipio Caripe de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte justicia y declara CON LUGAR la solicitud de Obligación de Manutención incoada por el Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Caripe de la Circunscripción judicial del Estado Monagas, a solicitud de la ciudadana ADRIANA ISABEL MOREY MOROCOIMA, a favor de SE OMITE, debidamente asistidos por la Defensora Pública Primera del Sistema de Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes del estado Monagas, ABOGADA VERÓNICA GUTIÉRREZ, contra el ciudadano CARLUIS RAMÓN FERMIN OJEDA, todos plenamente identificados. En consecuencia se condena al demandado CARLUIS RAMÓN FERMIN OJEDA: PRIMERO: a cancelar a SE OMITE por concepto de obligación de manutención mensual, el 50, % del un salario mínimo Decretado por el Ejecutivo Nacional, que para la presente fech.....