Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Con lugar la demanda por Desalojo, intentada por la ciudadana MAYOLY JOSEFINA RINCON FARIA en contra del ciudadano MARCOS ANTONIO RINCON FARIA.
Se ordena el desalojo del inmueble dado en arrendamiento, ubicado en la avenida 103, entre calles 94H y 94J, con la Nomenclatura Municipal 94H-53, del Desarrollo Habitacional La Montañita II, en Jurisdicción de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante, Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia.
Se condena al ciudadano MARCOS ANTONIO RINCON FARIA, a pagar a la ciudadana MAYOLY JOSEFINA RINCON FARIA, la suma de UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 1.950.000) por concepto de los meses de arrendamiento corres.....