DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: COMPETENTE y SE ADMITE el presente Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por la Sociedad Mercantil COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A., en contra de la Providencia Administrativa dictada en fecha 25 de agosto de 2016 emanada de la Inspectoría del Trabajo "Dr. Luís Homez" de Maracaibo del Estado Zulia, la cual costa en el expediente administrativo No. 042-2013-01-02024, mediante la cual se declaró CON LUGAR el reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano DANNY RAFAEL PEREZ REVEROL.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la medida de Amparo Constitucional Cautelar solicitada.
TERCERO: NOTIFÍQUESE a la Inspectora del Trabajo Jefa de la Inspectoría del Trabajo "Dr. Luís Homez" de Maracaibo del.....