declara:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en la solicitud de RECLAMACION ALIMENTARIA incoado por la ciudadana YAJAIRA ATENCIO, Venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No- 10.448.307, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano MARCOS TORRES CANTILLO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- 12.216.395.
b) MANTENER VIGENTE por el lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de que quede firme esta decisión, las medidas preventivas decretadas por este Tribunal, en fecha 09 de Noviembre de 2005, las cuales recayeron sobre los siguientes conceptos: El veinte por ciento (20%) del sueldo, que devenga el ciudadano MARCOS TORRES CANTILLO, el veinte por ciento (20%) sobre las Utilidades o Bonificaciones Especiales, en caso de que el ciudadano goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes retener el cien por ciento (100%) de tales conceptos, el veinte por ciento (20%) .....