Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de-cujus FRANCESCO DE CANDIDO BRATTI; quien en vida era natural de Italia y venezolano nacionalizado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17.996.505, fallecido el día veintidós (22) de Julio de 2020, en jurisdicción de la Parroquia Alonso de Ojeda del Municipio Lagunillas del Estado Zulia; a la ciudadana ANGELICA MARIA DE CANDIDO FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17.827.167, y domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en su condición de padre de la postulante. Se dejan a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECLARA.
Expídanse las copias.....