PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha Seis (06) de Febrero de 2018, por los ciudadanos: MARYELINA FABIOLA CUENCA ACOSTA y HENRY DE JESUS MAS Y RUBI NERI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-18.682.724 y V-17.584.143, respectivamente, domiciliados en Jurisdicción del municipio Santa Rita del estado Zulia, asistidos por la Abogada MARIA ROSARIO GONZALEZ CARDENAS, Defensora Pública Cuarta adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sede Cabimas, en materia de Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar, en beneficio de l.....