DISPOSITIVO
En virtud de lo precedentemente expuesto, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia y por autoridad de la Ley: 1. No le atribuye el carácter de cosa juzgada como transacción laboral al escrito presentado por las partes en fecha seis (6) de febrero de 2017, en consecuencia, únicamente se deja constancia de la cantidad recibida por el ciudadano ROBERT WUILFREDO CASTILLO ARAQUE de 86 mil 893 bolívares con 40/100 céntimos, por parte de la sociedad mercantil, SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A, se provee dos (2) copias certificadas de la presente decisión. Se dá por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente.
De igual manera se ordena expedir copia certificada de esta sentencia por Secretaría a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedi.....