JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, ocho (08) de febrero de 2013. Años 202º y 153º.- Recibido de la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos, constante de un (01) folio útil y en veintiún (21) folios sus anexos. Fórmese expediente y numérese. Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que la ciudadana MILEIDA JOSEFINA GALUE DE VALBUENA, venezolana, mayor de edad, portadora de las cédula de identidad número 4.525.366, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio CIBELIS VARGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 188.792, solicitan se les declare suficientes los derechos que tienen ella y sus hijos, ciudadanos GENNINI JESUS VALBUENA GALUE, GIANGELI CHIQUINQUIRA VALBUENA GALUE, GIEULINEX MARBETH VALBUENA GALUE y GIANSSEDIT JESUS VALBUENA GALUE, venezolanos, mayores de .....