En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, al CONVENIMIENTO realizado por el abogado en ejercicio RUBEN LORENZO GONZALEZ ALMIRAIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.006.465, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.370, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ALICE RODRIGUES de ALVES, de nacionalidad Portuguesa,, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°E-81.241.184, parte demandante, y ROSARIO DELMAR MANTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.412.882, debidamente asistida por el abogado en ejercicio CARLOS QUINTANA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.747, parte demandada.- SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada. TERCERO. Se deja la causa abierta hasta tanto la parte demandada cumpla con el presente Convenimiento suscrito en fecha 03 de Febrero de 2010. Incorpóres.....