Por los motivos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuso el ciudadano MAURICIO AGUIRRE, en contra de la sociedad mercantil CLUB PRIVADO DELICIAS, C.A, (ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales).-
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar a la actora la cantidad de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUATRO MIL SETESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SESENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.4.604.799, 68) es decir CUATRO MIL SEISCIENTOS CUATRO BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs.4.604, 80); más los intereses de mora, e intereses sobre prestaciones sociales, así como la indexación o ajuste por inflación que deberán ser cal.....