DISPOSITIVO
Por los hechos y fundamentos legales, jurisprudenciales antes explanados este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CINRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal se ABSTIENE DE HOMOLOGAR el desistimiento celebrado entre las partes en fecha 11 de febrero de 2004, en virtud de lo establecido en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil.-
Este Tribunal no hace pronunciamiento en cuanto a las costas procesales, dada la naturaleza del fallo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los Ocho.....