Este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho la Tercería propuesta por la representación judicial de la parte demandada y en consecuencia este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, deja sin efecto la certificación de fecha veinte (20) de Enero de 2.006 y ordena la notificación de PDVSA, en la persona del ciudadano Alberic Hernández, en su carácter de Gerente de Asuntos Jurídicos Región Occidente