Por todas las razones expuestas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda por DESALOJO de Local Comercial, intentada por la Sociedad Mercantil GALERIAS COMERCIALES 2010 C.A, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, bajo el N° 47 tomo 1589-A, de fecha 06-06-2007, hoy domiciliada en Barquisimeto estado Lara, quedando inserta ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, bajo el N° 44, Tomo 49-A, de fecha 08-07-2009, representada por su apoderada judicial abogado MARGOT ELENA CAMACARO HERNANDEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 207.878, contra la Sociedad Mercantil FARMACIA LARENSE BABILON C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 31-07-2002, bajo el N° 40, tomo 33-A, representada legalmen.....