CON LUGAR el Ofrecimiento de Obligación de Manutención realizado por el ciudadano Luis Carlos Fernández Landi, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-18.808.039, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de la ciudadana Johanna Isabel Lazarde Borges, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-19.839.914, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia.
En consecuencia, se fijan las siguientes cantidades:
1. FIJA como cuota de obligación de manutención mensual para el niño de autos la cantidad equivalente al ochenta y uno punto setenta por ciento (81.70%) del salario mínimo establecido por el Ejecutivo Nacional.
2. FIJA para el mes de agosto, adicional a la cuota de manutención ordinaria, la cantidad equivalente a un (1) salario más el sesenta y tres punto cuatro por ciento (63.4%) de otro salario mínimo del fijado por el Ejecutivo Nacional, a los fines de cubrir los gastos relativos al inicio del .....