Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO ESTADAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la petición incoada en fecha 12-11-2013, por el ciudadano Abg. ROMAN ANTONIO MONTIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.609.739, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 80.161, domiciliado en la Urbanización la Rosaleda, avenida 81, casa No. 82 A-107, Parroquia Raúl Leoni, Maracaibo, Estado Zulia, obrando en su condición de Apoderado Judicial del ciudadano DOUGLAS ALFONSO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.763.477, domiciliado en la población de Sinamaica, Municipio Guajira, Estado Zulia, mediante la cual solicita la devolución del dinero efectivo que fuera despojado al ciu.....