Por los fundamentos expuestos esta Sala número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Ricardo Maldonado, actuando con el carácter acreditado en actas contra la decisión N° 5553-07, dictada por el Juzgado Segundo de Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 31 de Octubre de 2007. SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados HUMBERTO DARRY PÉREZ e IDEMARO ENRIQUE GONZALEZ SULBARAN, actuando con el carácter de defensores de los acusados de autos plenamente identificados en actas. TERCERO: Se ANULA la decisión dictada en fecha 31 de Octubre de 2007, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, y en consecuencia,.....