DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
• LA REPOSICION de la presente causa de DECLARACION DE CONCUBINATO seguido por la ciudadana ARACELIS DEL CARMEN RONDON ARAQUE en contra de los ciudadanos MERCEDEZ PAZ RONDON, BERLITZ CAROLINA PAZ RONDON, EDWIN ENRIQUE PAZ RONDON y AMBAR CAROLINA PAZ RONDON, antes identificados en la parte narrativa de este fallo, al estado de que se cumpla con la publicación del Edicto, conforme a la normativa vigente en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil; ordenándose ampliar el auto de admisión de 07 de Abril de 2016; quedando en consecuencia nulas todas las actuaciones posteriores a dicho auto .
A razón de la decisión que antecede, este Órgano Jurisdiccional, procede a ampliar el auto de .....