PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano GUSTAVO MARRUFO, en contra de la sociedad mercantil EHCOPEK S.A.-
SEGUNDO: Se condena a la sociedad mercantil EHCOPEK, S.A. a cancelar al ciudadano GUSTAVO MARRUFO, la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs.25.000,oo), por daño moral.
TERCERO: No Hay condenatoria en costas dada la naturaleza parcial del presente fallo.-
CUARTO: Se ordena la notificación de la presente decisión a la procuraduría General de la República.