PRIMERO: Consumado el Allanamiento, realizado por la parte intimada Sociedad Mercantil Imagen Digital C.A., (IMADICA), a favor de la parte intimante Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA ALVI, C.A., (DIALVICA), en consecuencia, adquiere carácter de Cosa Juzgada.
SEGUNDO: El Tribunal se abstiene de archivar el presente expediente, hasta tanto haya cumplimiento total de lo convenido.-
TERCERO: En cuanto a las costas procesales se deja constancia, que las mismas quedaron comprendidas en la suma obligada a pagar por la parte accionada, ello en aplicación del artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.