Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, hecha por la parte actora, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio de DESALOJO, intentada por el ciudadano ANNELL DE JESÚS BERMÚDEZ ARTEAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.717.944, domiciliado en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia, asistido por la abogada JANUACELLI MARIA CÓRDOVA CABRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 57.855, en contra del ciudadano ENDER CELESTINO ADRIANZA TAMI, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V-7.733.836 y domiciliado en el Sector Las 40, Calle Carabobo, cerca del Estadium Víctor D.....