VIII.- DISPOSITIVA.-
Por las consideraciones antes descritas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado DIÓGENES CANCINI, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadanas LUCRECIA STANSU de CSERNATH, ESTHER AGATA PINA STANSU GIANGRASSO y ALBA FELIPA STANSU GIANGRASSO contra la decisión dictada en fecha 02-10-2018 por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada dictada en fecha 02-10-2018 por el referido Juzgado de Municipio.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte apelante de conformida.....