PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de CURATELA, interpuesta por el ciudadano ALBERTO ENRIQUE BARRETO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.872.435, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a favor de su hijo ALBERT DAVID BARRETO BRICEÑO, de 12 años de edad.
• SE DESIGNA como CURADORA AD HOC, del adolescente ALBERT DAVID BARRETO BRICEÑO, a la ciudadana BEATRIZ MARGARITA BARRETO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.019.363, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
Publíquese. Regístrese Déjese copia certificada p.....