En virtud de las consideraciones precedentes, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, a la TRANSACCION realizada por la Abogada en ejercicio ANTONIA BELLO CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 11.719, apoderada judicial de la parte actora y por el Apoderado Judicial de la parte demandada Abogado en ejercicio JOSE BRAVO JAIMES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 56.355, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada. TERCERO: Se da por terminado el presente juicio y archívese en su oportunidad.- Publíquese, Diarícese y déjese copia de la presente decisión......