En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus FREDDY ENRIQUE BARRIOS GONZALEZ, a las ciudadanas NANCY JOSEFINA BARRIOS ACURERO y JHANOAYRA JOSEFINA BARRIOS BARRIOS, titulares de la cédula de identidad número V-4.705.681 y V-15.766.493, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Se ordena expedir cuatro (04) copias certificadas de la presente solicitud con sus resultas. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa certificación, a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal.
LA JUEZA,
Abog. MARÍA DEL PILAR FARÍA ROMERO. Mg. Sc.
LA SECRETARIA SUPLENTE,
Abog. JOHANA B.....