Ahora bien, verificado que ha transcurrido el tiempo estipulado para el cese de la pena impuesta y revisada la causa constatando que viene disfrutando de permisos extraordinarios por su progresividad conductual y laboral; por lo que debe entenderse el cabal cumplimiento de las condiciones impuestas en el período de prueba establecido por el Tribunal en auto de fecha 06-11-2002; fundamentos para que éste Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL IMPUESTA al ciudadano REINALDO JOSÉ SANTIL PERNIL, quien es venezolano, mayor de edad, obrero, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.986.080, hijo de Reinado José Santil y de Gloria Pernil, natural de San Félix Estado Bolívar, donde nació en fecha 25-10-1981; y en consecuencia se le concede la LIBERTAD PLENA. En consecuencia, Notifíques.....