DISPOSITIVA
Por los razonamientos que anteceden este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil declara: Sin Lugar el Recurso de Hecho interpuesto por la abogado Jesús Natera Velásquez, actuando en su propio nombre y representación, contra el auto de fecha 31 de Julio del año 2024, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en el expediente N°: 32.210 de la nomenclatura interna del referido Tribunal, contentivo del Juicio de Cobro de Bolívares (Vía Intimación), intentado por el ciudadano Jesús Natera Velásquez, contra el ciudadano Jesús Manuel Uzcategui Ceballo. En los términos expresados se Ratifica el Auto recurrido.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, déjese copia y cúm.....