ÚNICO: IMPROCEDENTE LA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el bien inmueble constituido por un fundo denominado "Santa Bárbara" con todas sus mejoras, bienhechurías, adherencias y pertenencias de carácter permanente y propias de la actividad agropecuarias, ubicado en el sector conocido como "La Ceibita", a los fondos y a la margen izquierda de la carretera nacional Machiques - Colón, en jurisdicción del municipio Jesús María Semprun del estado Zulia, que consta de doscientas cuarenta y cuatro hectáreas con un mil seiscientos sesenta metros cuadrados (244 has 1660 mts2), comprendidas dentro de los siguientes linderos generales: Norte: con propiedad que es, o fue de Agropecuaria Santa María de Los Moran S.A.; Sur: con propiedad que es, o fue de la Agropecuaria Santa María de Los Moran S.A., y en parte con propiedad que es, o fue de Ricardo Antonio Ocando; Este: en parte con propiedad que es, o fue de Ricardo Antonio Ocando, y en parte con propiedad que es, o fue de .....