DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por las Profesionales del Derecho MARY JOSEFINA RIVERO VILLALOBOS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 61.943, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano ELEISO REYES LUCENA, titular de la cédula de identidad número V-5.794.440; y NICBRIELA DEL VALLE MARCANO ECHEGARAY, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 51.895, , actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MARBELLIS ANTONIA RAMIREZ de LUCENA, titular de la cédula de identidad número V-5.726.456.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMON.....