DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) IMPROCEDENTE la MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, A LA BIODIVERSIDAD Y AL AMBIENTE, interpuesta por el ciudadano ALFONSO ATENÓGENES HILL BOZO, quien es venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número V-4.745.577, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.135, domiciliado en el municipio Jesús Enrique Losada, sobre la parcela de terreno ubicada en el antiguo camino o carretera vieja que conduce de Maracaibo a Perijá, en jurisdicción de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; siendo sus linderos: NORTE: con terrenos propiedad de Ingenieros Consultores C.A. (ICCA) y/o Luís Urdaneta; SUR: camino viejo a Perijá; ESTE: con terreno ocupad.....