DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, sigue el ciudadano LEANDRO JOSÉ CARIDAD CORDERO, en contra de la Sociedad Mercantil TACO TACO DE VENEZUELA, C.A.
SEGUNDO: Se condena a la Sociedad Mercantil TACO TACO DE VENEZUELA, C.A., a cancelar al ciudadano LEANDRO JOSÉ CARIDAD CORDERO la cantidad de NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLÍVARES (Bs. 9.997,oo) por concepto de diferencia sobre las Prestaciones Sociales.
TERCERO: Se ordena el pago de los intereses sobre la Prestación de Antigüedad de conformidad con lo previsto en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, que en la parte motiva del presente fallo han sido ca.....