Visto el convenimiento suscrito por las partes en la presente causa, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA HOMOLOGADO el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes intervinientes en el presente procedimiento judicial, incoado por la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA PEÑA Y REPRESENTACIONES COMPAÑÍA ANÓNIMA (DISPRECA), en contra de la Sociedad Mercantil S.A. TECNICA DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL (SATECA), ambas suficientemente identificadas en actas; dándole el carácter de Cosa Juzgada; cumplidas como se encuentren todas las formalidades de ley, se ordenará el Archivo del presente expediente.