esta Jueza  Cuarta    de    Primera   Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la  Autoridad que le confiere la Ley, mientras dure el presente juicio, Dicta  MEDIDA PROVISIONAL DE CUSTODIA en beneficio de la niña (omitido conforme a la ley) al Ciudadano  AQUILES JOSE ZERPA CASTILLO venezolano, mayor de   edad, titular de   la   Cédula   de   Identidad   N: 15.587.664, y domiciliado en Sector El Espinal, Mata de Coco, Calle Virgen del Carmen, casa N:01, Municipio Díaz del estado Nueva Esparta,  de conformidad con lo establecido en los Artículos  466   Parágrafo Primero, literal "c" de  la Ley Especial.  ASÍ SE DECIDE. 
       Dada, firmada y sellada en el Tribunal  Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución para la Protección de Niños, Niñas y  Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta,  en la ciudad de La Asu.....