Estando en la etapa procesal de la sentencia, esta Operadora de Justicia, previo estudio y análisis de las actas, entra a resolver el fondo de la litis y lo hace de la manera siguiente:
En las actas se evidencia que al momento de LA OFERTA el ciudadano: JESUS GONZALEZ se encontraba presente y firmó la misma, acta esta que se encuentra a los folios 09, 10 y 11 del expediente, y de conformidad con el artículo 822 del Código de Procedimiento Civil quedó a derecho para la secuela del procedimiento. Por lo que quedaba obligado procesalmente a continuar con el procedimiento, y a pesar de ello no hizo ningún alegato en contra de LA OFERTA Y DEL DEPOSITO, ni promovió pruebas, y esta conducta procesal del ciudadano: JESUS GONZALEZ, a la luz de los supuestos del artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece, cito.
?Si el demandado no diere contestación a la demanda
dentro de los plazos indicados en este Código, se le-.....