En consecuencia de conformidad con las previsiones contenidas en el articulo 356 del mismo Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara que la demanda que por reclamación alimentaria sigue la ciudadana: LAURA DEL CARMEN VILLALOBOS MORALES, en contra del ciudadano: JOVITO LEON SANCHEZ COHEN, y que se sustancia al expediente N°1187-2004. Queda desechada la solicitud y se declara extinguido el proceso y en consecuencia se ordena levantar las medidas decretadas en fecha 13 de Septiembre de 2004 y ejecutada mediante oficio N° 317 de la misma fecha. No se condena en costas a la parte demandan por la naturaleza del fallo. Publíquese y Regístrese el presente fallo. Déjese copia certificada por secretaría de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, con lo establecido en el artículo 1.348 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales tres y nueve del artículo 72 de la Ley Orgánica del poder judicial. Ofíciese.-