Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento en atención al criterio jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02/06/2015 No. 693 presentada por el profesional del Derecho JAROL DIAZ CASTELLANOS, inscrito en el inpreabogado No. 140.194 actuando en nombre y representación de los ciudadanos LUIS ALBERTO LEAL ANDRADE Y VANESSA CAROLINA GONZALEZ AZUAJE, titulares de la cedula de identidad No. V-18.281.747. Y V- 18.724.318, respectivamente, todos de este domicilio.-SEGUNDO: : En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el divorcio el vinculo matrimonial que contrajeron los precitado ciuda.....