En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS PROPUESTA POR LOS CIUDADANOS ANDERSON JAVIER BERMÚDEZ PULGAR y DIORELA CAROLINA SUÁREZ CHIRINOS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-17.820.698 y V-21.210.379, respectivamente, ambos domiciliados en esta Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistidos por la Abogada en ejercicio SILVIA VELÁSQUEZ GONZÁLEZ, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 230.995, y por ende disuelto el vínculo matrimonial contraído por estos el día el día 21 de Diciembre de 2015, cursante en actas, ante el Registro Civil de la parroquia Ambrosio del Municipio Cabimas del Estado Zulia, según copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 278, c.....