DISPOSITIVA:
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de Privación de Patria Potestad incoada por la ciudadana MELISSA IRIS CHENG LEONG, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.337.980, asistida de la Abg. Alida Espinoza, inscrita en el IPSA bajo el N: 43758; en contra del ciudadano LIANG FUNG JAIMES, venezolano, mayor de edad y titular de las cédula de identidad Nº V-17.127.687, por demostrarse la causal "C" del Artículo 352 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, el ciudadano LIANG FUNG JAIMES, queda privado de la Patria Potestad de su hijo el niño IDENTIDAD OMITIDA CONFORME AL ARTÍC.....