PRIMERO: SE HOMOLOGA el acuerdo transaccional celebrado entre la parte demandante ciudadano ORLANDO RAFAEL RODRÍGUEZ ORTIZ, y las partes co-demandadas Sociedad Mercantil G Y P RECURSOS HUMANOS, C.A. Sociedad Mercantil SERVICIO DE CARGA Y DESCARGA PEDRO MARÍN, COMPAÑÍA ANÓNIMA, Sociedad Mercantil F.T.C., C.A., Sociedad Mercantil MI COCINA, COMPAÑÍA ANÓNIMA., y ciudadano PEDRO JOSÉ MARÍN PARRA; todos plenamente identificados en las actas procesales, por la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs.37.500,00), pasándola en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se deja constancia que una vez que conste en la actas procesales del presente asunto que la parte co-demandada Sociedad Mercantil G Y P RECURSOS HUMANOS, C.A. cumplió con la liberación del Fideicomiso del cual es acreedor el ciudadano ORLANDO RAFAEL RODRÍGUEZ ORTIZ, depositado en la entidad bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (B.O.D), por la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES BOLÍVAR.....