DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguió el ciudadano VÍCTOR RAMÓN ROQUE CORDERO contra la sociedad mercantil FIESTA LAGO CASA CLUB, CA.
En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar la suma de dos mil veintidós bolívares con sesenta céntimos (Bs.2.022,60) por los conceptos o acreencias laborales determinadas en el cuerpo de este fallo, así como también, su ajuste o corrección monetaria en la forma indicada.
SEGUNDO: se exime a la sociedad mercantil FIESTA LAGO CASA CLUB, CA, al pago de las costas del proceso por no haber vencimiento total en la controversia, de conformidad con lo establecido e.....