DECLARA CON LUGAR la solicitud de MANDATO DE CONDUCCION en contra de los ciudadanos HUMBERTO JOSE PEREZ titular de la cedula de identidad N° V-18.497.378 y EJHOANA ANGELINA CARVAJAL titular de la cedula de identidad N° V-14.278.651, quienes pueden ser localizados en la Urbanización El Caujaro, calle 193, casa N° 193K-49, para que los mismos sean llevados por la fuerza publica hasta la sede de la Fiscalia Trigésima Tercera del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con fundamento en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que se ordena librar la Boleta de MANDATO DE CONDUCCION, remitiéndola con oficio a la Fiscalía Trigésima Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para que sea localizado y conducido, con el respeto debido a sus derechos y garantías, a la Fiscalía del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia ubicada en el Edificio sede del Ministerio Publico en la avenida 13 .....